Hace
poco más de un mes que la Agencia Española de Protección de Datos, en
coordinación con organismos homólogos de Alemania, Reino Unido, Francia, Italia
y Holanda, impuso a Google una sanción de casi un millón de euros “por vulnerar
gravemente los derechos de los ciudadanos”.
La
“llamada de atención” tiene especial relieve dado que Google es el motor de búsqueda
más utilizado, con diferencia, por los internautas españoles, a lo que hay que
unir la popularidad de herramientas de correo electrónico como Gmail, de mapas
como Google Maps o de sitios web de vídeos como You Tube.
¿Cuáles
son las razones que han llevado a estas sanciones?. Básicamente son tres:
1)
La recogida y
tratamiento ilegítimo de información personal, y no sólo la de los usuarios
dados de alta en sus diversos servicios, sino incluso de usuarios pasivos que
se limitan a acceder a páginas que incluyen elementos gestionados por la compañía
estadounidense. Como ejemplo, la Agencia señala que no se informa con claridad a los usuarios de Gmail de que
se realiza un filtrado del contenido del correo y de los ficheros anexos para
insertar publicidad y, cuando se informa, se utiliza una terminología imprecisa,
con expresiones genéricas y poco claras que impiden a los usuarios conocer el
significado real de lo que se plantea.
2) La utilización
de la información para fines múltiples y distintos para los que han sido
recabados.
3) El incumplimiento
del deber de cancelar los datos una vez concluida la finalidad para la que
fueron recabados, a lo que se une la extraordinaria dificultad que tienen los
usuarios para ejercer sus derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y
oposición). La propia compañía reconoce que hay que ejecutar al menos siete
procesos diferentes, reservándose incluso el derecho de no atender las
solicitudes que supongan “un esfuerzo desproporcionado”.
Para algunos tal comportamiento es el “peaje”
que hay que pagar por disfrutar de unos servicios gratuitos; para otros, es un
abuso injustificado y una forma opaca de obtener pingües beneficios a los que
la sanción del millón de euros no parece vaya a provocar propósito de enmienda
alguno.

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